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Fragmento de la parte inferior de una quetuban o contrato matrimonial entre Isaac bar David, hijo de David bar Abamari, y Reina, hija de Salomón ha-Cohen bar Nehemies

Fecha
1200 - 1300
Archivo
Archivo Histórico de Girona
Tipo de documento
Textual
Código de referencia
AHG. Col·lecció de manuscrits hebreus de l'Arxiu Històric de Girona, 15
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Descripción

El fragmento conservado no contiene la cabecera del documento donde se registran los datos de los contratantes y sus filiaciones, ni tampoco el lugar y la fecha cuando se reunieron las familias para formalizar el contrato, aunque puede afirmarse que se trata de un documento relacionado con familias de un ámbito gerundense. La primera parte del documento (líneas 1-5) presenta las te naim o condiciones relacionadas con la distribución de los bienes del contrato, en caso de disolución natural. Como también constan en otras quetubas catalanas, en el contrato se establece el derecho de los herederos de la novia a recobrar los bienes aportados por su familia en caso de que muriera. Para aludir a los herederos, se utiliza la palabra yoresh, si bien no existe ninguna especificación de si se trata de los progenitores, los hermanos, u otros familiares. Sin embargo, todo parece indicar que la cláusula no hace referencia a los descendientes del matrimonio. Por tanto, estaríamos ante una te nai que condicionaría la relación matrimonial a la espera del nacimiento de un hijo o de una hija o bien de asegurar su consolidación (después de un período de uno o dos años). La segunda parte de la quetuba (líneas 5-9) reproduce un modelo de quetuba recogido por el R. Simó ben Tsemah Durán. En este fragmento de quetubano se recoge que el novio toma la responsabilidad del contrato matrimonial, el ajuar y el crece para que sean pagados de sus bienes y posesiones: todos sus bienes, incluso la camisa de su espalda, se hipotecarán para asegurar el pago, sin que sea necesario el permiso de ningún tribunal rabínico (beto din) ni de todo Israel, sin que se considere como una mera fórmula de un documento. El novio, por tanto, garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones económicas, aunque nos falta la parte del documento que nos especifica cuáles son exactamente. Después de señalar que todo es firme y estable, el contrato termina con las firmas del novio y de dos testigos: Natán, hijo de Yosef, e Isaac ha-Leví, hijo de Yosef, hijo de Samuel ha-Leví; éstos deben ser dos hombres adultos, de buena fama y sin vínculos de sangre.